Abanca anula un préstamo de 5.300 euros por un tratamiento en Dentix no realizado

FACUA Sevilla ha logrado que resuelvan el contrato y lo eliminen de un fichero de morosos en el que lo incluyeron por negarse a pagar un servicio que no le estaban prestando.
Publicado por o día 19/06/2020 na sección de Social,FACUA,Sucesos

Tras la acción de FACUA Sevilla, Abanca ha anulado un contrato de financiación de 5.355 euros para un tratamiento en Dentix que la clínica nunca llegó a realizarle.

Carmelo R.S., residente en Sevilla, acudió en junio de 2019 a una clínica Dentix para que le realizaran un tratamiento odontológico. Debido al alto coste del servicio le ofrecieron la posibilidad de financiarlo mediante un contrato con Abanca por un total de 5.355 euros, que el usuario decidió aceptar.

Abanca empezó a enviarle las cuotas de la financiación, pero Dentix no se ponía en contacto con él para iniciar el tratamiento. Así, al comprobar que la entidad quería cobrarle por un servicio que no le estaban prestando, se negó a pagar ningún importe y acudió a la clínica para cancelar el tratamiento.

Sin embargo, la entidad financiera se negó en todo momento a anular la financiación y, pese a que Dentix definitivamente no iba a realizarle el tratamiento, siguió reclamándole el importe a través de una empresa de recobros e incluyó sus datos en un fichero de morosos por negarse a pagar las cuotas del contrato.

Ante esta situación, Carmelo decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación reclamó a la entidad financiera y a Dentix la resolución definitiva del contrato de financiación, ya que estaba vinculada a la prestación de un servicio que no se había realizado, y que eliminara los datos del usuario del fichero de morosos.

En el escrito, FACUA Sevilla recordaba que el crédito contratado por el usuario estaba vinculado a la realización efectiva del tratamiento y que de acuerdo a la normativa vigente, si se cancela el servicio, inmediatamente se debe cancelar el crédito. Así lo recoge el artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, que entiende como crédito vinculado aquel “que sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo a la prestación de servicios específicos” y especifica que “ambos contratos constituyen una unidad comercial“, por lo que la interrupción de uno supone la resolución del otro. “El consumidor, además de poder ejercitar los derechos que le corresponden frente al proveedor de los bienes o servicios adquiridos mediante un contrato de crédito vinculado, podrá ejercitar esos mismos derechos frente al prestamista“, concluye.

Finalmente, tras la reclamación de FACUA Sevilla, Abanca ha procedido a resolver el contrato de financiación de 5.355 euros y ha eliminado los datos del usuario del fichero de morosos en el que lo habían incluido.

FACUA-Consumidores en Accion ha puesto en marcha una plataforma de afectados para asesorar y defender a los pacientes damnificados por el cierre de las clínicas de Dentix en toda España, que siguen sin abrir y que han dejado cientos de tratatamientos parados o sin iniciar. Los usuarios pueden sumarse a la plataforma en la web FACUA.org/afectadosdentix.