La Xunta traslada a los ayuntamientos que los cambios propuestos en la Ley del suelo agilizarán su aplicación y reforzarán la seguridad jurídica en el ámbito urbanístico

En una carta remitida a todos los alcaldes gallegos, la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, Ángeles Vázquez, explica que el objetivo es resolver las dudas interpretativas surgidas a nivel municipal desde la entrada en vigor de la norma
Publicado por o día 06/12/2021 na sección de Galicia,Medio Ambiente,Santiago,Xunta de Galicia

La Xunta traslada a los ayuntamientos que los cambios propuestos en la Ley del suelo agilizarán su aplicación y reforzarán la seguridad jurídica en el ámbito urbanístico

La Xunta de Galicia acaba de notificarle a los 313 ayuntamientos gallegos los últimos cambios que pretende introducir en la Ley del suelo con el fin de facilitar su aplicación práctica a nivel municipal y reforzar la seguridad jurídica en el ámbito del urbanismo.

En una carta remitida a todos los alcaldes, la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, Ángeles Vázquez, explica que el objetivo de estas modificaciones —introducidas a través de la Ley de medidas fiscales y administrativas de los presupuestos de 2022, actualmente en trámite parlamentario— es resolver las dudas interpretativas surgidas y trasladadas por parte del ámbito municipal desde la entrada en vigor de la norma, en el año 2016.

Los cambios que se pretenden introducir en la normativa urbanística son cuatro y comparten la finalidad de concretar y matizar cuestiones que no resultan suficientemente claras con su redacción actual, al tiempo que se contribuye a la agilización y simplificación de los trámites administrativos urbanísticos.

En concreto, a través de la modificación del artículo 35 de la Ley del suelo se pretende potenciar el turismo en el suelo rústico, dentro del máximo respeto a sus valores y con una doble finalidad. Por una parte, se clarifica que la implantación en este tipo de suelo de los campamentos de turismo requiere solo del otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística municipal, sin necesidad de tramitar un plan especial, especificando que las obras, servicios e instalaciones admisibles serán todas las que se contemplan en la normativa vigente en materia de turismo.

Por otro lado, se incluyen expresamente entre los usos admisibles en suelo rústico las zonas especiales de acogida para autocaravanas y caravanas en tránsito, conforme al establecido en la referida normativa sectorial, para dar respuesta, de forma ordenada e integrada, al incremento de la demanda de este tipo de turismo en los últimos tiempos.

Asimismo, la modificación del artículo 42.5 tiene por objeto ampliar la posibilidad legal de cambio de uso de las equipaciones públicas a otro uso dotacional público distinto mediante acuerdo municipal plenario, haciendo extensiva esa posibilidad a todas las dotaciones públicas, lo que abre la puerta a aplicar esta previsión a antiguas infraestructuras viarias o ferroviarias desafectadas o a ampliar dotaciones sobre espacios libres.

Esta medida pretende agilizar, en función de las necesidades reales de los ayuntamientos, la implantación de este tipo de actuaciones a través de un procedimiento rápido y sencillo, sin necesidad de tramitar una modificación del planeamiento urbanístico.

El tercer cambio afecta al artículo 70.3 y pretende facilitar y agilizar la creación del suelo necesario para la implantación de usos industriales o terciarios, a través de planes especiales, en aquellos ayuntamientos que o bien no tienen planeamiento o bien cuentan con un plan básico municipal, sin necesidad de que se trate de actuaciones públicas.

Finalmente, con la modificación del artículo 143.3 de la Ley del suelo se quiere agilizar la tramitación de las licencias municipales dando respuesta a las diferentes interpretaciones que se están haciendo en los ayuntamientos en lo que se refiere a la necesidad de exigir, o no, un proyecto completo para su concesión. Así y con el fin de evitar cualquier duda, se establece expresamente que será suficiente acercar el proyecto básico, en coherencia con lo previsto en el Código Técnico de la Edificación.