La Xunta convoca por primera vez ayudas para la promoción de alojamientos temporales, modelos de cohousing y viviendas intergeneracionales por 6,8 M€

Las solicitudes para optar la estas subvenciones, dirigidas a entidades privadas y empresas, pueden presentarse a partir de mañana y hasta el 2 de noviembre de 2023
Publicado por o día 21/06/2023 na sección de Medio Ambiente,Santiago

La Xunta convoca por primera vez ayudas para la promoción de alojamientos temporales, modelos de cohousing y viviendas intergeneracionales por 6,8 M€

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2023.- La Xunta convocó hoy por primera vez en Galicia una línea de ayudas para el fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares, con un presupuesto total de 6,8 millones de euros para las anualidades que van de 2023 a 2026 ya que las intervenciones subvencionables tienen carácter plurianual.

Según se recoge en la resolución publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia, a partir de mañana y hasta el próximo 2 de noviembre, salvo agotamiento del crédito disponible, los interesados en optar la estas ayudas —dirigidas la entidades privadas y empresas que deseen promover inmuebles destinados a los usos previstos en la convocatoria— podrán presentar sus solicitudes.

Las subvenciones podrán destinarse tanto la inmuebles de nueva construcción como a la rehabilitación de otros ya existentes y las viviendas o alojamientos resultantes deberán dedicarse a alquiler durante un plazo de por lo menos 20 años, que se computará desde la primera ocupación del inmueble.

Los promotores de estos alojamientos recibirán una ayuda de hasta un máximo de 420 euros por metro cuadrado de superficie útil. La cuantía no podrá superar el 50% de la inversión y, como máximo, será de 50.000 euros por alojamiento o vivienda.

En cuanto a los edificios, deberán ser accesibles, disponer de una cualificación energética A como mínimo y cumplir la normativa de habitabilidad de vivienda vigente en Galicia.

Por su parte, las personas usuarias de los alojamientos o viviendas financiadas con estas ayudas deberán tener ingresos anuales que no superen 5 veces el Iprem —42.000 euros—, sumando los de todas las personas que compongan la unidad familiar.

El precio del alquiler por metro cuadrado, en el momento de la firma del contrato, no podrá superar lo de las viviendas protegidas de protección autonómica de régimen general que corresponda a la zona geográfica en la que esté la vivienda. En el supuesto de que se incluyan espacios comunes y de interrelación, podrá incrementarse este importe con el precio proporcional de la superficie de estos sin que pueda superar 8 euros mensuales por metro cuadrado de superficie útil de alojamiento o vivienda incluida a parte proporcional de superficie de los espacios comunes y de interrelación.

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