Ley de Sociedades Anónimas, ¿Quiénes deben de publicar en el BORME?

Publicado por o día 07/09/2018 na sección de Empresas

Ley de Sociedades Anónimas, ¿Quiénes deben de publicar en el BORME?

El Borme (siglas de Boletín Oficial del Registro Mercantil), es un diario oficial en el que se publican los datos de las entidades mercantiles o sociales comerciales españolas. Se utiliza principalmente para extender los datos de las compañías que están inscritas en el Registro Mercantil (sobre todo la situación jurídica de las mismas).

La gestión de dicho registro es llevada por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (la edición impresa y la electrónica), agencia que también se encarga de publicar y difundir el boletín oficial del estado. La versión digital se inauguró en el año 2009 y, a partir de entonces, también fue regulada por el Real Decreto 1979/2008 del 28 de noviembre.

Las empresas están obligadas a publicar en este boletín aquellos anuncios que estén relacionados con fusiones o escisiones, con la organización de juntas (tanto de carácter ordinaria, cómo extraordinaria), de liquidaciones, aumentos o reducciones de capital, disoluciones, liquidaciones, así como otros muchos actos que una determinada entidad puede llegar a hacer durante toda su vida útil.

Para estudiar el caso de las sociedades anónimas, hemos acudido a un grupo de abogados y asesores para que nos puedan informar sobre este tema. En definitiva, las sociedades anónimas deben de publicar las convocatorias de cualquier junta general y ordinaria. Para ello se establece un plazo de publicación de 30 días ordinarios antes de la celebración de tales juntas.

Recordemos que en el caso de las sociedades limitadas, el plazo de publicación era de 15 días.

No obstante, se establece la excepción de que, en el caso de que estemos hablando de un caso urgente, el plazo puede acordarse entre 1-3 días.

¿Qué información debe tener el texto de la convocatoria para ser considerado cómo válido?

Por supuesto, no será válido cualquier texto, si no que este debe de contar con una serie de requisitos, cómo los siguientes.

  • Informe anual: Por lo general, se requerirá presentar el “Informe anual” sobre las cuentas.
  • Informe de la comisión de nombramientos: Este documento tan sólo será incluido si se requiere, pero también es bastante habitual.
  • Informe de auditoría: Se presenta el “informe de auditoría” si existiera “comisión de auditoría”.
  • Indicar cambio de domicilio: Si la empresa ha cambiado de domicilio, también se tendrá que indicar en el texto de la convocatoria, y aportar toda la información relativa al cambio.
  • Propuesta de acuerdo

Dependiendo del tipo de entidad, y de su naturaleza, es posible que también se tenga que aportar más información. El documento debe firmarse por el órgano de administración y se indicará el domicilio y la fecha.

¿Cómo se tramitan los anuncios en el BORME?

Tramitar los anuncios en el BORME no es excesivamente complicado, pero vale la pena dejarlo en manos de empresas de servicios especializadas. A través de las mismas es tan sencillo cómo enviar el texto en cuestión y ellas lo resisarán: si hubiera algún problema, se pondrían en contacto con nosotros.

Con esta información arrojamos un poco de luz sobre la publicación de anuncios en el BORME.

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