Tras la petición de FACUA-Consumidores en Acción, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha anunciado que las agencias deben reembolsar el importe íntegro de los viajes cancelados a causa de la crisis del Covid-19.
El Imserso ha publicado un nuevo documento sobre el procedimiento que deben seguir las personas cuyos viajes habían sido cancelados para solicitar la devolución de las cantidades abonadas que corrige lo indicado anteriormente por el organismo. Originalmente, el texto recogía por error que “los usuarios recibirán […] la cantidad correspondiente, una vez deducidos los gastos de gestión, que ascienden al 6,2% del importe total del precio del viaje interrumpido“.
Este martes 2 de junio, tras la petición que FACUA dirigió el pasado 19 de mayo al vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, el Imserso ha modificado el texto para adaptarse a la legislación vigente. “No se cobrarán gastos de anulación, ni de gestión, por lo que los usuarios recibirán en la cuenta bancaria facilitada al efecto o en la tarjeta de crédito o débito en la que realizaron el pago, la cantidad íntegra abonada“, recoge el nuevo documento.
La cuantía de las cantidades, que muchos usuarios han denunciado que les estaban reteniendo las agencias, supone varias decenas de millones de euros. La asociación por tanto, aconseja a los consumidores que reclamen la devolución inmediata de dichos importes.
Derecho al reembolso completo
En su escrito, FACUA indicaba que la mayoría de los viajes ofertados por el Imserso se trata de viajes combinados, por lo que la deducción de los gastos de gestión podía resultar contraria a lo que disponen diferentes normativas relacionadas con esta matería. Así, el artículo 36.4 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19 indica que “en el supuesto de que se trate de contratos de viaje combinado, que hayan sido cancelados con motivo del Covid-19 […] el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado“.
El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge en su artículo 160 que “cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado […] el viajero tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado“.
Por otro lado, tanto la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, como el artículo 160 del Real Decreto 1/2007 indican igualmente que “dichos reembolsos o devoluciones se realizarán al viajero sin demora indebida y, en cualquier caso, en un plazo no superior a catorce días naturales después de la terminación del contrato de viaje combinado“.
“Gastos de anulación” ilegales
FACUA también señalaba que viene recibiendo quejas y reclamaciones de usuarios que indican que algunas agencias de viajes autorizadas para ofertar programas del Imserso están deduciendo de las devoluciones -además de los “gastos de gestión” que ahora están obligadas a devolver- hasta un 15% en concepto de “gastos de anulación“, pese a que el documento del Instituto de Mayores y Servicios Sociales establece claramente que “no se cobrarán gastos de anulación“.
La asociación advierte de que esta práctica vulnera la normativa de protección de los consumidores e insta a que se realicen las actuaciones que sean necesarias para garantizar que las agencias cesen en este cobro y devuelvan a los usuarios cualquier cantidad que también hayan podido percibir de forma indebida por este concepto.
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